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Miembros

 

COMITÉ EJECUTIVO

Es el órgano que tiene como responsabilidad principal la ejecución de los lineamientos que dicta el consejo técnico, desarrolla el plan de trabajo, evalúa las acciones, reporta los estados de la asociación . Establece el plan organizacional del personal administrativo y tiene la personalidad jurídica para representar a la AMMAC ante las autoridades. Desarrolla el catalogo de proveedores para el buen funcionamiento de la administración.

Funciones

Presidente: Es el Representante legal de la AMMAC y se encarga de ejecutar los planes de trabajo que establece el consejo técnico. Asimismo de realizar los reportes financieros en conjunto con el tesorero y presentarlos al menos una vez cada semestre. Sugerir al consejo técnico el mejor aprovechamiento de los recursos materiales y financieros. Llevar el control administrativos de las instalaciones y aplicar el desarrollo organizacional de la asociación. Estar en contacto con las instancias federales para las modificaciones o adecuaciones a las leyes, reglamentos, normas y lineamientos. Verificar que los asociados cumplan con lo dispuesto para la buena práctica Estas funciones son enunciativas mas no limitativas. El presidente será electo en una sesión ordinaria del consejo técnico de entre sus miembros.

Vicepresidente: Se encargará de evaluar los planes de trabajo y darles seguimiento, así como proponer cambio de estrategias para el funcionamiento óptimo de las acciones. Representar al presidente en su ausencia, en caso enfermedad, impedimento físico o causas de fuerza mayor. Coordinar las actividades educativas y eventos especiales que realice la AMMAC y tener al día los contactos con otras instituciones o Asociaciones nacionales e internacionales. Estas funciones son enunciativas mas no limitativas.

Tesorero: Llevar a cabo el registro de las cuentas de los asociados y presentar el reporte financiero de los ingresos y egresos. Determinar cuales son las mejores opciones para las inversiones de los activos. Proponer la manera de realizar las adecuaciones a las instalaciones. Determinar las cuotas para los eventos o capacitaciones. Contratar los servicios que se requieran, previa autorización de las cotizaciones presentadas, que por lo menos deberán ser de tres diferentes para la autorización Realizar el presupuesto de ingresos y egresos para la operación de la asociación El tesorero será electo en una sesión ordinaria del consejo técnico de entre sus miembros. Secretario El Secretario deberá llevar un registro que contenga el nombre de cada uno de los Asociados, de su domicilio, la fecha y calidad de su admisión y, en su caso, la fecha de su baja, así como el motivo. Determinar y publicar los socios que están activos y los que hayan perdido la calidad de miembro. Levantar las actas correspondientes de las sesiones y realizar las publicaciones de las mismas. Recopilar la información para el boletín y gestionar la venta de espacios publicitarios. Realizar la convocatoria por lo menos de 60 días de la celebración de la asamblea para elegir al comité técnico El tesorero será electo en una sesión ordinaria del consejo técnico de entre sus miembros. Consejo técnico Es el máximo órgano de la AMMAC que se encarga de determinar las directrices para el buen funcionamiento de la asociación y la evaluación práctica de los procedimientos. Se encarga de realizar el plan de trabajo y enviarlo al comité ejecutivo para su aplicación. Determina la aplicación de las cuotas, programa educativo y calendario de las actividades. Evalúa las solicitudes de certificación y recertificación de los asociados y nombra de entre sus miembros el equipo que estará a cargo de esta actividad. Emite los dictámenes y tramita los certificados correspondientes. Sugiere la integración de nuevos instructores y la somete a su aprobación.

Definiciones

Número

Elección de Consejeros

Procedimientos

Derechos

Obligaciones

Pérdida de la Calidad

Remoción

Sesiones Ordinarias

Sesiones Extraordinarias

Obligatoriedad de las Decisiones  

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